Electricistas, gasistas y otros oficios no pagarán Ingresos Brutos

Desde el primero de enero, entraron en vigencia las modificaciones introducidas al Presupuesto 2017 desde el Ministerio de Finanzas. Desde ahora los trabajadores autónomos con oficios quedarán exentos del pago de Ingresos Brutos.

La exención se establece en el artículo 50 del Código Tributario sancionado por la Legislatura cordobesa en diciembre pasado, y alcanza a los ingresos de pintores, jardineros, gasistas, electricistas, plomeros, servicios y/o cualquier actividad unipersonal.

De esta manera, dichos oficios se asimilan a los profesionales con igual beneficio, con un límite en la facturación que no supere los $16 mil mensuales, siempre y cuando la actividad no estuviera ejercida en forma de empresas.

Otros cambios del régimen de Ingresos Brutos son: la equiparación de la alícuota de “Matarife abastecedor local”, actualmente en 1,50% a la de la “actividad del frigorífico” (0,50%), y la aplicación del impuesto a los servicios de TV en niveles similares al resto de otras provincias, llevándolo al 2%.

Asimismo, para las industrias radicadas en Córdoba se actualiza el monto de facturación a partir del cual se aplica el impuesto (de $56 a $80 millones anuales) y el límite de facturación hasta el cual alcanza la reducción del 30% (de $5 a $7 millones anuales).

También se restablece el monto de facturación a partir del cual se comienzan a aplicar los fondos específicos como complemento del impuesto a los ingresos brutos (de $14 a $20 millones).

Fotografía: Archivo.

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