El Tribunal en lo Criminal y Correccional de Segunda Nominación de Villa María condenó a Miguel Maximiliano Ocaña a 3 años de prisión de cumplimiento efectivo por los delitos de lesiones leves calificadas, coacción reiterada y desobediencia a la autoridad reiterada.
Ocaña, de 33 años, fue juzgado por hechos ocurridos en Villa María entre julio y noviembre de 2022.
En el primer hecho, fue acusado de haber lesionado a una persona.
En los hechos siguientes, fue acusado de haber coaccionado a dos personas y de haber desobedecido a la autoridad en dos oportunidades.
El Tribunal absolvió a Ocaña del delito de desobediencia a la autoridad por el beneficio de la duda.
Sin embargo, lo encontró responsable del resto de los delitos y le impuso una pena de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo.
Además de la pena de prisión, el Tribunal ordenó que Ocaña realice un tratamiento psicológico y/o psiquiátrico adecuado a su problemática.
El tratamiento deberá ser coordinado por el Servicio Penitenciario y se deberá informar al Tribunal sobre su evolución.
Los hechos
- Primer hecho (24/07/2022): Lesiones leves calificadas. Ocaña fue acusado de haber lesionado a una persona.
- Segundo hecho (08/08/2022): Coacción. Ocaña fue acusado de haber coaccionado a una persona.
- Tercer hecho (12/08/2022): Coacción. Ocaña fue acusado de haber coaccionado a otra persona.
- Cuarto hecho (14/09/2022): Desobediencia a la autoridad. Ocaña fue absuelto por este hecho por el beneficio de la duda.
- Quinto hecho (15/09/2022): Desobediencia a la autoridad. Ocaña fue acusado de haber desobedecido a la autoridad.
- Sexto hecho (12/11/2022): Coacción y desobediencia a la autoridad. Ocaña fue acusado de haber coaccionado a una persona y de haber desobedecido a la autoridad.
La sentencia
El Tribunal consideró que la prueba aportada en el juicio fue suficiente para condenar a Ocaña por los delitos de lesiones leves calificadas, coacción reiterada y desobediencia a la autoridad reiterada.