Condenas por robar con inhibidor de alarma en Villa María

Foto: Gentileza de lector de VillaMariaVIVO.com.

El Tribunal de Villa María dictó sentencia contra tres personas que fueron halladas culpables de hurto calificado por el uso de un inhibidor de alarmas.

Al delinquir se llevaron dos cajas con vajillas y un perfume de una camioneta estacionada en el centro de la ciudad.

Las personas condenadas fueron:

David Marcelo Ceballos, de 33 años, nacido en Santa Maria de Punilla, y con último lugar de residencia en Córdoba Capital, de oficio mecánico, y con condenas anteriores.

Ángel Daniel Molina, de 46 años, nacido y radicado en Córdoba Capital, que trabajaba con camiones volcadores de los cuales es dueño, y también registra condena anterior.

Lucas Maximiliano Videla o Micaela Videla, según las dos identidades con las que se lo menciona en la sentencia, de 37 años, nacida en Córdoba Capital.

El día del robo

El hecho ocurrió el pasado 3 de mayo, alrededor de las 10:20 horas, cuando los acusados Molina, Videla y Ceballos, que circulaban en un Volkswagen Voyage gris, se detuvieron junto a una camioneta Volkswagen Amarok de color gris oscuro, que estaba aparcada en el Bulevar Marcelo T. de Alvear.

Los malhechores utilizaron un aparato electrónico conocido como “inhibidor de alarmas” para impedir que el dueño de la camioneta cerrara y activara las medidas de seguridad de su vehículo.

Luego, mientras Ceballos hacía de campana y Videla seguía al propietario, Molina abrió la puerta del conductor y se apoderó ilegítimamente de dos cajas de cartón que contenían 40 bandejas de acero inoxidable, 20 cazuelas de aluminio y un perfume marca GIGO NOIR de 50 ml.

Acto seguido, los tres se dieron a la fuga con el botín.

Las detenciones

La policía logró detener a los sospechosos siete días después del robo, gracias a las cámaras de seguridad y a los testimonios de los testigos, cuando volvieron a la zona del hecho.

El 10 de mayo se produjo el operativo de las detenciones en la misma zona que habían robado una semana antes.

Los tres fueron imputados por el delito de hurto calificado, que prevé una pena de entre uno y seis años de prisión.

Las tres condenas

El Tribunal, resolvió condenar a los tres coautores a la pena de un año y tres meses de prisión de cumplimiento efectivo y costas para Ceballos y Molina.

Para Videla, la condena fue de ejecución condicional, por lo que recuperó la libertad.

En ese marco, se declaró la reincidencia de Ceballos, quien ya tenía una condena anterior por un hecho similar en Paraná, y le impuso una pena única de un año y diez meses de prisión.

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