Desde el lunes 21 de septiembre y hasta el domingo 4 de octubre, se recortan actividades y horarios de funcionamiento nocturno en 71 localidades.
No se podrá hacer deportes colectivos ni detenerse más de 15 minutos en un lugar. Tampoco se podrá salir a cenar, entre otras restricciones.
La decisión fue tomada por el COE Regional en conjunto con los 71 municipios que lo integran, por la gran cantidad de nuevos casos positivos de Covid-19 que se vienen dando en la región.
Un documento elaborado en las últimas hora fija todas las restricciones que se fijaron para Villa María, Villa Nueva y varias localidades del sudeste provincial:
1) HORARIO:
Se establece que todas las actividades comerciales, administrativas, culturales, gastronómicas deportivas, recreativas y cualquier otra que pudiere desarrollarse en forma individual o colectiva, se deberán llevar a cabo entre las 8:00 y las 20:00 horas, quedando terminantemente prohibido el desarrollo de cualquier actividad fuera de ese horario.
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Solo quedan exceptuadas de la limitación horaria las actividades de farmacia, urgencias médicas, expendio de combustible e industrias dedicadas a la producción de alimentos e insumos de la industria alimenticia.
2) ACTIVIDADES DEPORTIVAS, CULTURALES, ARTISTICAS Y RECREATIVAS:
Estas actividades solo se podrán practicar en forma individual y dentro del horario permitido. Queda restringida la práctica deportiva de carácter grupal o en equipos, sea esta de carácter competitivo o recreativa.
3) ACTIVIDADES AL AIRE LIBRE:
Todas las actividades deportivas y recreativas que se desarrollan al aire libre, en espacios públicos o privados, deberán desarrollarse en el horario habilitado y con riguroso cumplimiento del protocolo de bioseguridad individual, manteniendo el distanciamiento de 2 metros, con utilización de barbijo o tapaboca y con higienización permanente de manos.
No esta permitido la detención y permanencia en el lugar por más de 15 minutos, como así tampoco la utilización del mobiliario urbano y/o deportivo que se encuentra instalado en los espacios públicos.-
4) FACTOR DE OCUPACION:
Se solicita respetar el factor de ocupación del 50% en todos aquellos espacios cerrados en los que se realizan las actividades autorizadas, siendo a cargo de los responsables, titulares, encargados o propietario del espacio hacer cumplir el protocolo de bioseguridad individual.-
5) NORMATIVA:
Se recomienda a los municipios y comunas que conforman el COE Regional Villa María adecuar su legislación a las medidas indicadas por el término de 14 días, sin perjuicio que la situación sanitaria de cada localidad requiera modificar las mismas.-