- Un hombre de 57 años fue condenado a diez años de prisión por delitos sexuales y desobediencia a la autoridad en Villa María.
- El juicio se realizó a puerta cerrada y el imputado participó por videoconferencia.
- El Tribunal dispuso además un tratamiento psicológico adecuado para el condenado.
En una audiencia de debate celebrada el pasado 2 de julio de 2024, el Tribunal Penal de Villa María resolvió imponer una pena de diez años de prisión a R.,J.H., un hombre de 57 años, por diversos delitos sexuales y desobediencia a la autoridad. El juicio se realizó a puerta cerrada y el imputado estuvo presente mediante videoconferencia desde el establecimiento penitenciario Nro. 5.
Detalles del juicio
El proceso judicial estuvo a cargo de la Dra. Eve Flores como vocal, con la colaboración del Dr. Walter Daniel Rodríguez en calidad de secretario y la participación del Dr. Francisco Márquez como fiscal de Cámara.
La defensa de R.,J.H. fue asumida por la Asesora Letrada del Tercer Turno.
R.,J.H., empleado rural sin antecedentes penales, fue acusado de abuso sexual con acceso carnal continuado, amenazas calificadas, abuso sexual con acceso carnal y desobediencia a la autoridad continuada.
Debido a la naturaleza de los delitos y para proteger la identidad de la víctima, mayor de edad, se decidió inicializar el nombre del condenado.
Veredicto y sentencia
El Tribunal encontró a R.,J.H. culpable de todos los cargos imputados.
La resolución judicial declara que R.,J.H. es penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal continuado, amenazas calificadas, abuso sexual con acceso carnal y desobediencia a la autoridad continuada.
Por estos delitos, se le impuso una pena de diez años de prisión, además de las accesorias de ley y costas correspondientes.
Adicionalmente, el Tribunal dispuso que R.,J.H. debe someterse a un tratamiento psicológico adecuado a su problemática, el cual será coordinado por el Servicio Penitenciario.
El avance del tratamiento deberá ser reportado periódicamente al Tribunal.
Audiencia a puerta cerrada
La decisión de realizar el juicio a puerta cerrada y la conexión del imputado por videoconferencia respondieron a la necesidad de garantizar la seguridad y la privacidad de las partes involucradas, así como la integridad del proceso judicial.
Esta medida también se tomó para evitar la revictimización de la persona damnificada.