Ante la ratificación del pedido de elevación a juicio en la causa Generación Zoe, la defensa de Leonardo Cositorto y Maximiliano Batista adelantó que presentará un recurso de casación por supuestas falta de garantías de imparcialidad.
En un comunicado compartido por el abogado Guillermo Dragotto por parte de la defensa de ambos imputados, se señala que la fiscal del caso, Juliana Companys, ha sido denunciada por esa defensa “con una investigación jurisdiccional por su actuación y por participar en un documental de Netflix, donde supuestamente violó el secreto de sumario y mostró subjetividad al referirse a la causa”.
La defensa de Cositorto y Batista también cuestiona al juez de control Arturo Ferreyra y al vocal José Argüello por su apoyo a la fiscal, “a pesar de un pedido de recusación que fue rechazado sin el trámite legal correspondiente”.
Además, se señala una supuesta irregularidad en la prórroga de la prisión preventiva de Cositorto, argumentando que la Fiscal pidió una nueva prórroga fuera de plazo.
Debido a estas irregularidades, la defensa adelantó que presentará un recurso de casación ante el Tribunal
Comunicado de la defensa de Leonardo Cositorto y Maximiliano Batista:
“Ante la ratificación del pedido de elevación de la causa a juicio por parte de la Cámara de Río tercero que funcionó como Cámara de Acusación en la causa Generación Zoe, vamos a presentar recurso de casación porque entendemos que no hay garantías de imparcialidad”.
“La fiscal se encuentra denunciada por esta defensa e imputada con un requerimiento de investigación jurisdiccional en el juzgado de control de Río Segundo por su actuación en esta causa”.
“También se encuentra en trámite un sumario en el Tribunal de Ética iniciado por una presentación de esta defensa ante Fiscalía General por su participación fuera de lugar en el documental de Netflix “El vendedor de ilusiones” donde violó el secreto de sumario impuesto por el art. 312 del código de procedimiento penal haciendo manifestaciones relativas a detalles de la causa que no podía ventilar”.
“Además demostró una marcada subjetividad al referir allí que no había tenido el gusto hasta ese momento de ordenar una captura internacional y que aquí ordenó demostrando placer ante la posibilidad de detener a una persona aún no juzgada y además en su aparición en dicho documental hizo manifestaciones falsas al detallar cómo ocurrió la detención de Leonardo Cositorto en República Dominicana dando a entender una situación de índole privada y que afecta a la intimidad de las personas que no es cierta”.
“Agrego que ese requerimiento de elevación a juicio fue en su momento ratificado con tan solo cinco días de estudio de la causa ( con más de 70 cuerpos incluidos los de prueba) por el juez de control Arturo Ferreyra, quien acompañó y apoyó junto a otros miembros de la asociación de magistrados a la Fiscal Companys al principio de la investigación”.
“Finalmente en la cámara que acaba de confirmar el pedido de elevación a juicio intervino el vocal José Arguello quien también viajó a Villa María ese día con los demás miembros de la asociación de Magistrados a brindarle su apoyo a la fiscal Companys y que a pesar del pedido de recusación intentado por falta de imparcialidad, dicho pedido fue rechazado sin siquiera darle el trámite de ley”.
“Es decir actuó y rechazó el mismo junto a los otros miembros de la cámara la Recusación cuando expresamente el código procesal marca un procedimiento que no se cumplió ante un pedido de recusación”.
“Finalmente, el día 4 de agosto venció la prórroga de la prisión preventiva de Leonardo Cositorto y por un olvido de la Fiscal, recién el día 2 de agosto pidió una nueva prórroga, por ello el día domingo 4 de agosto pedimos el inmediato recupero de libertad por vencimiento fatal del plazo de la prórroga anterior y el día 5 de agosto fue denegada la libertad por parte de la Fiscal por una resolución de ese día del TSJ donde prórroga nuevamente la prisión preventiva de todos los imputados detenidos. Entiendo que con relación a Leonardo Cositorto dicha prórroga firmada el día 5 de agosto no corresponde por haber vencido el día 4 de agosto la dictada anteriormente”.
“Claramente no se puede prorrogar lo que se encuentra vencido”.
“Es por todas estas irregularidades que vengo mencionando que voy a presentar recurso de Casación ante el Tribunal Superior de Justicia en contra de la resolución dictada por la cámara de Río Tercero por haber sido Ordenada en su momento por la Fiscal cuestionada por su falta de imparcialidad y ratificada en ambas instancias por jueces que le han brindado apoyo explícito”.
“Acompaño foto de cuanto vengo mencionando”.