97.366 adultos mayores de la provincia de Córdoba resultaron exentos del pago del impuesto inmobiliario. La norma alcanza a jubilados, pensionados o adultos mayores de 65 años cuyos ingresos totales del mes de noviembre de 2016 hayan sido inferiores o iguales a 12.850 pesos.
También se requiere, para lograr la eximición del tributo, ser titular o poseedor de un único inmueble y habitar en él. En caso de que el inmueble tenga más de un titular (condominios), cada uno de ellos debe reunir todos los requisitos.
Cómo consultar
Para quienes deseen consultar si fueron eximidos de la tasa, la Dirección General de Rentas, dependiente del Ministerio de Finanzas, instrumentó un módulo web para corroborar si se cuenta con este beneficio. Para efectuar la consulta basta con entrar a la web oficial, dirigirse a la sección “Exención Jubilados Adultos Mayores”, y allí ingresar el CUIT del titular o el Número de Cuenta del inmueble de que se trate.
Si ya figura “EXENTO”, puede imprimir la constancia. Si aparece como “NO EXENTO” y considera que cumple con todos los requisitos, puede solicitar la exención: complete los datos requeridos, describa brevemente el motivo de su solicitud y envíe el trámite que será respondida en un plazo máximo de 72 horas.