En muchas ciudades del país este 30 de mayo se llevan a cabo diferentes actividades para celebrar el Día Nacional de la Donación de Órganos, fecha que fue propuesta por el nacimiento del hijo de la primera paciente que dio a luz después de haber recibido un trasplante hepático en un hospital público.
Este hecho representa la posibilidad de vivir y dar vida después de un trasplante.
El INCUCAI, organismo que depende el Ministerio de Salud de la Nación y trabaja en el tema de donación y transplante, responde en su página web a las preguntas más frecuentes que puede tener una persona antes de manifestarse como donante de órganos.
1- ¿Quién puede expresar la voluntad de donar?
Toda persona mayor de 18 años puede manifestar en forma expresa su voluntad afirmativa o negativa respecto a la donación de sus órganos o tejidos.
2- ¿Cómo se puede manifestar la voluntad respecto a la donación de órganos?
Para manifestar la voluntad afirmativa o negativa en todo el país, es necesario dejarlo registrado por cualquiera de los siguientes medios:
-Firmar un acta de Expresión en el INCUCAI, en los organismos jurisdiccionales de ablación e implante.
-Asentarlo en el Documento Nacional de Identidad en las oficinas del Registro Civil.
-Completar un formulario online disponible en www.incucai.gov.ar
-Para expresar la negativa, además de estos canales, se brinda la posibilidad de enviar un telegrama gratuito desde las dependencias del Correo Argentino.
3- ¿Se puede cambiar de opinión una vez registrada la voluntad de donar?
Sí. Como el acto de donar es libre y voluntario, la expresión Afirmativa o Negativa puede ser revocada en cualquier momento por el manifestante, pero no puede ser cambiada por ninguna persona después de su muerte.
4- ¿Cómo se confirma que la manifestación de voluntad ha quedado asentada?
Cualquier ciudadano puede acceder al Registro Nacional de Expresiones de Voluntad a través de la página web del INCUCAI y corroborar que su decisión haya quedado asentada, ingresando su documento y fecha de nacimiento.
5- ¿Qué es el Registro Nacional de Expresiones de Voluntad para la Donación?
Es una nómina que abarca los registros de las personas que expresan su voluntad afirmativa a la donación y de aquellas que manifiestan su oposición. Su actualización permanente está a cargo del INCUCAI a través del Sistema Nacional de Información de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA).
6- ¿Hay que realizarse algún estudio para registrar la voluntad de donar los órganos?
No. Los estudios médicos pertinentes se realizan en el hospital en el momento del fallecimiento de la persona.
7- ¿Qué sucede cuando la persona no se expresa?
De no existir manifestación expresa, la Ley de Trasplante presume que la persona es donante. En esos casos, el organismo responsable solicita a la familia su testimonio sobre la última voluntad del fallecido.
8- ¿Qué sucede si la familia se opone pese a que el fallecido se manifestó a favor?
Ante la oposición de los familiares, si la última voluntad del fallecido conocida en forma escrita fue donar sus órganos, se respeta esta decisión personal registrada en vida. De igual modo sucede en la situación inversa.
9- ¿Qué sucede cuando fallece un menor de edad?
En caso de fallecimiento de un menor de 18 años, se solicita a sus padres o representantes legales el consentimiento expreso para la donación de órganos y/o tejidos.
Fuente: www.incucai.gov.ar
Foto: bienestar.salud180.com