- El tribunal de Villa María dictó una condena de seis años de prisión para un hombre de 39 años, acusado de abuso sexual y amenazas.
- El juicio se desarrolló a puerta cerrada para proteger la identidad de la víctima.
Un hombre de 39 años, identificado como H.M.G., ha sido condenado a seis años de prisión por los delitos de abuso sexual con acceso carnal continuado y amenazas.
Se trata de un hombre nacido el 20 de marzo de 1985 en La Playosa, pero que al momento de los hechos residía y trabajaba en Pozo del Molle.
El juicio, que se llevó a cabo el 6 de junio de 2024 en Villa María, fue desarrollado a puerta cerrada.
Esta medida tuvo el objetivo de proteger la identidad de la persona damnificada y evitar su revictimización.
Detalles del juicio y veredicto
El juicio estuvo presidido por la vocal Dra. Eve Flores, con el Dr. Walter Daniel Rodríguez como secretario y el Dr. Francisco Márquez actuando como fiscal de cámara.
H.M.G. fue representado por el abogado defensor Rodrigo Hayas.
Los hechos por los cuales se juzgó a este hombre ocurrieron entre enero y febrero de 2023 en Pozo del Molle.
El imputado, un repartidor de materiales de construcción de 39 años, fue detenido el 18 de febrero de 2023.
El tribunal declaró a H.M.G. culpable de abuso sexual con acceso carnal continuado y amenazas, en concurso real y en los términos de los artículos 45, 119 tercer párrafo y 149 bis, primer párrafo, primera parte del Código Penal.
Tratamiento penitenciario y medidas adicionales
Además de la pena de seis años de prisión, el tribunal ordenó que H.M.G. reciba un tratamiento psicológico adecuado a su problemática.
Este tratamiento deberá ser coordinado por el Servicio Penitenciario, que tendrá la obligación de informar sobre la evolución del mismo al tribunal interviniente.
La sentencia establece las penas accesorias de ley y las costas, conforme a los artículos 5, 9, 12, 19, 29 inciso 3°, 40 y 41 del Código Penal y los artículos 412, 550 y 551 del Código Procesal Penal.
Protección a la víctima
Debido a la naturaleza del delito y en conformidad con las normativas vigentes, se decidió inicializar el nombre del condenado.
Esta medida tiene como finalidad preservar la identidad de la persona damnificada y evitar su revictimización.
Esta sentencia refleja el compromiso de la justicia de Villa María con la protección de los derechos de las víctimas de delitos sexuales y la aplicación rigurosa de las leyes penales.