Por una ordenanza sancionada en diciembre de 2017 y que entró en vigencia en abril de este año, sólo se permite el uso de la pirotecnia en algunos eventos.
Con dicha sanción se prohíbe la fabricación, depósito, utilización y comercialización de la pirotecnia para uso privado en Villa María.
Utilización privada de la pirotecnia
Si bien la ordenanza no establece un método de “pirotecnia cero” en la ciudad, si prohíbe la compra de los privados. Es decir, que en estas fiestas los particulares no podrán comprar ningún tipo de material pirotécnico para uso doméstico.
Respecto a las sanciones, la ordenanza establece que aquella persona que use o venda, fuera de los términos establecidos, va a tener sanciones tipificadas en el código de faltas. Estas van desde una multa hasta la clausura de un comercio.
Venta de pirotecnia
El comercio de pirotecnia está limitado por ordenanza. Para expender a eventos privados también deben realizarse una serie de trámites y obtener autorizaciones en el municipio local.
En eventos especiales
La ordenanza establece que sólo se podrá usar y vender pirotecnia en eventos controlados. Para utilizarla en fiestas o eventos especiales, se debe gestionar un trámite en la Municipalidad de Villa María.
Además, se debe requerir autorización a las fuerzas policiales. En los eventos, hasta un 25% de pirotecnia podrá ser material de estruendo mientras que el resto debe ser lumínico.