Un procedimiento de Gendarmería Nacional incautó una carga de 9 kilos de hojas de coca que una persona trasladaba en un auto particular por la ruta 9.
Fue a la altura de James Craik que se detuvo a este vehículo mientras circulaba en sentido Córdoba-Villa María, aunque sin conocerse su destino final.
La mercadería fue incautada, aunque no se informó si se materializó alguna penalización sobre quien conducía el auto.
¿Es ilegal tener hojas de coca? ¿Se puede considerar narcotráfico?
Gendarmería Nacional informó que efectivos del Escuadrón Seguridad Vial “Villa María” detuvieron el vehículo a la altura del kilómetro 583 de la ruta nacional 9.
A la altura de la localidad de James Craik detectaron que este automóvil procedente de la ciudad de Córdoba trasladaba en su baúl una llamativa carga.
37 paquetes en bolsas plásticas color verde que en su interior contenían hojas de coca.
El peso total de esa carga era de 9 kilos.
La mercadería fue incautada, y tras las actuaciones correspondientes, fue puesta a disposición de Aduana Delegación General Deheza.
¿Es ilegal transportar hojas de coca?
Hay distintas visiones sobre la legalidad de la hoja de coca, principal materia prima para la elaboración de estupefacientes como la cocaína.
Pero también hay una cuestión cultural, arraigada en el norte argentino y países vecinos como Bolivia, en el que “mascar coca” es algo habitual.
Es un práctica extendida entre choferes de camiones y colectivos.
Algunos aseguran que la hoja de coca consumida de esa manera ayuda mantenerlos despiertos en el viaje.
Esto también ha sido polémico. En 2018, por ejemplo, choferes salteños dieron positivo en un narcotest que les hizo en Buenos Aires.
Los conductores dijeron que era porque habían estado mascando coca, según publicó el diario Clarín.
Sobre este tema, el diario La Gaceta consultó en su momento al diputado provincial salteño Guillermo Martinelli.
El legislador, que además es abogado, dijo que la ley nacional N° 23.737, modificada en 1989, que rige la tenencia y tráfico de estupefaciente genera “una incongruencia legal”.
En su artículo 15 estable que “la tenencia y el consumo de hojas de coca en su estado natural destinado a la práctica del coqueo o masticación, o a su empleo como infusión, no será considerada como tenencia o consumo de estupefacientes”.
Pero como no contempla la importación -se produce mayormente en Bolivia-, el ingreso de hojas de coca se tipifica como un delito federal por contrabando.
Es por eso que, en el caso de James Craik, el cargamento incautado fue puesto a disposición de la Aduana.
No se considera narcotráfico, pero sí contrabando, según interpretan las fuerzas de seguridad, máxima cuando se trata de una cantidad como la informada, de 9 kilos.