- Ocurrió en Bell Ville.
- Es la primera vez que se autoriza una triple filiación solicitada.
Una mujer de 29 años oriunda de Bell Ville presentó una solicitud para una triple filiación.
Así, el Juzgado Civil, Comercial y de Conciliación de 3° Nominación de la vecina localidad dispuso que podrá usar los apellidos de su progenitor de crianza y, en segundo lugar, de su padre biológico.
El caso paradigmático
Cuando la mujer se enteró que su padre de crianza no era el biológico, averiguó que su progenitor había fallecido hacía un año.
Por ello inició una demanda de impugnación al reconocimiento paterno y, a la vez, un reclamo de filiación extramatrimonial.
“En consecuencia, pidió ser declarada hija de su progenitor biológico; pero conservando el apellido con el que ha sido reconocida durante toda su vida”, explicaron desde el Poder Judicial de Córdoba.
Luego, el juzgado citó a los sucesores del hombre fallecido para realizar una prueba genética, que arrojó compatibilidad del 99.99%.
Mientras que su padre de crianza se opuso a la demanda de impugnación del reconocimiento paterno y solicitó mantener su vínculo filial con la joven.
“Señaló que su hija inició la acción en su contra únicamente porque el sistema normativo argentino impide que una persona tenga más de dos vínculos filiales. Pero aseguró que, durante toda su vida, se dispensaron trato familiar. La joven prestó conformidad con este planteo y ratificó el pedido de triple filiación“, aclararon.
El fallo
El juez Eduardo Pedro Bruera explicó que no existe un modelo único de familia y que su definición no debe restringirse a la pareja y los hijos.
Porque otros parientes de la familia extensa o personas, aunque no sean jurídicamente parientes, pueden mantener lazos cercanos.
Para el magistrado, “el artículo 558 del Código Civil y Comercial de la Nación resulta contrario al principio de igualdad y no discriminación.
Sobre todo en estos casos, en los que negar una múltiple filiación puede significar privar a la persona de derechos de carácter supra legales respecto a la maternidad o paternidad ejercida en los hechos”.
En tanto que por el padre de crianza sostuvo que “se comporta como un verdadero padre. Además, subrayó que la relación familiar surgió del afecto genuino que se prodigaron sostenidamente durante muchos años”.