Por qué Franco Acevedo recibió 4 años por la muerte de Iara Medina

Entre el pedido del fiscal y el de la defensa, el juez construyó una pena propia con argumentos precisos sobre atenuantes y agravantes.

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Franco Acevedo.

A un mes del juicio contra Franco Acevedo por la muerte de Iara Medina, la niña que falleció en noviembre de 2022 en un accidente sobre ruta 158, se conocieron los fundamentos de la sentencia de 4 años de prisión, una pena menor a la solicitada por la querella y el fiscal de Cámara durante las audiencias.

 

VER ► 4 años de prisión para Franco Acevedo por la muerte de Iara Medina

Acevedo conducía un Ford Ka por la ruta nacional 158 con 1,23 gramos de alcohol en sangre cuando invadió el carril contrario e impactó de frente contra el Renault Fluence.

Allí viajaban Iara, su madre Elba Pucheta, su hermana Alma Morena de cinco años y su tío Gustavo Marcelo Díez. Era de madrugada, llovía y la visibilidad era casi nula.

Iara, que iba en el asiento del acompañante, fue despedida del vehículo y murió en el acto por un traumatismo craneoencefálico.

Alma Morena sufrió fracturas de fémur en ambas piernas y debió ser operada.

En tanto, Elba Pucheta resultó con lesiones múltiples en el rostro, pérdida de piezas dentales y fractura de muñeca.

La sentencia, dictada el 22 de mayo de 2026, cerró un proceso de más de tres años que tuvo tres pedidos de pena muy distintos: seis años del fiscal, doce de la querella y tres en suspenso de la defensa. El juez no eligió ninguno y explicó por qué.

Qué quedó probado

Villa María VIVO! tuvo acceso a los fundamentos de la sentencia dictada por Martinez en donde se analizan diferentes instancias que se tuvieron en cuenta para la condena.

El juez calificó el hecho como homicidio culposo agravado, lesiones graves culposas y lesiones leves culposas en concurso ideal, conforme a los artículos 84 bis, 94 bis, 89 y 54 del Código Penal.

La querella había pedido doce años sosteniendo que Acevedo actuó con dolo eventual: que bebió sabiendo que manejaría, que tuvo múltiples oportunidades de detenerse y que aceptó el riesgo de causar daño. El fiscal rechazó esa lectura y el juez coincidió.

Martínez sostuvo que quedó acreditado que Acevedo confió en que el resultado no ocurriría.

La pericia accidentológica

La pericia accidentológica no pudo determinar su velocidad previa al impacto.

Además, los testigos que lo auxiliaron no percibieron signos evidentes de ebriedad.

Se analizó también el hecho de haber conducido sin incidentes desde Villa María hasta ese punto de la ruta, atravesando semáforos, rotondas y un puente.

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Familiares de Iara fueron querellantes durante el juicio

Esto indicó para el tribunal que el imputado creía tener el control del vehículo.

La sentencia también señaló que la menor circulaba en el asiento delantero sin el cinturón de seguridad correctamente ajustado.

En esto, la pericia mecánica detectó el cinturón pretensado en su lugar, pero no en función de sujeción, como un factor que contribuyó al desenlace fatal, sin que ello implique trasladar responsabilidad.

Las razones detrás de los cuatro años

Para fijar la pena, el juez ponderó agravantes y atenuantes. Como agravante consideró la gravedad del resultado: la muerte de una niña de 12 años y lesiones graves en dos de los ocupantes.

A favor del condenado valoró que no registra antecedentes penales, que reconoció los hechos durante el debate, que demostró arrepentimiento desde el momento del accidente.

En esto, varios testigos lo describieron llorando y pidiendo perdón en la ruta y que desde entonces atravesó un deterioro emocional severo documentado en pericias psiquiátricas, con episodios de ideación suicida e intentos de suicidio.

Iara Medina

También pesaron su situación económica precaria, la pérdida de empleo y el hecho de ser padre de una hija menor con discapacidad.

El tribunal rechazó tanto la pena de seis años del fiscal como los tres años en suspenso pedidos por la defensa.

Consideró que la naturaleza y gravedad del hecho hacían necesario el cumplimiento efectivo de la condena, pero que los atenuantes justificaban una pena inferior a la solicitada por la fiscalía.

La condena y lo que sigue

Acevedo quedó detenido al finalizar la audiencia y fue trasladado a la Unidad Penitenciaria N° 5 de Villa María.

El juez también dispuso que cumpla tratamiento psicológico coordinado por el Servicio Penitenciario durante su detención.

La pena de cuatro años de prisión efectiva e inhabilitación por diez años para conducir es, por ahora, la respuesta del sistema judicial a una noche de 2022 que cambió para siempre a una familia.


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