En el marco de la emergencia vial que rige en la ciudad, desde el municipio abordaron la problemática vinculada a los ciudadanos de Villa María en posesión de licencias de conducir emitidas por otros gobiernos municipales.
El secretario de Gobierno y Vinculación Comunitaria, Rafael Sachetto mantuvo una reunión con el director provincial en Prevención de Accidentes Viales, Miguel Rizzotti, para avanzar en las acciones administrativas y judiciales que deben aplicarse ante estos casos.
Según informaron el artículo 13 del Anexo I Capítulo I del decreto 1716/2008 que reglamenta la Ley Nº 26.363, determina que la licencia nacional de conducir deberá ser otorgada por la autoridad jurisdiccional del domicilio real del solicitando.
Es decir, que los residentes en Villa María tienen que contar con una licencia expedida por el centro emisor ubicado en calle Paso de los Libres 1990 en barrio Industrial.
El domicilio deberá ser acreditado con copia del DNI o, de encontrarse en trámite dicha documentación, por un certificado de constatación de domicilio expedido por la policía local o la autoridad local competente, acompañado de un recibo de servicio a su nombre donde conste la dirección.
Asimismo, a nivel territorial, la obligatoriedad de contar con una licencia legítimamente otorgada para conducir, se constata en los controles vehiculares que se realizan periódicamente en distintos puntos de la ciudad.
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