Alejandro Matías Medrano fue condenó a dos años y dos meses de prisión efectiva tras ser hallado responsable de una serie de hechos delictivos ocurridos entre 2018 y 2023 en Villa María. La sentencia recayó por delitos de resistencia a la autoridad, robo reiterado, hurto calificado de vehículo, hurto tentado, violación de domicilio, robo tentado y desobediencia a la autoridad.
La investigación reunió múltiples causas en las que Medrano quedó imputado.
La defensa estuvo a cargo de la abogada Ivana Castoldi durante el proceso judicial.
El primer hecho se registró el 11 de julio de 2018 cuando en un allanamiento en su domicilio de calle Haití impidió el ingreso de funcionarios, lo que derivó en acusación por resistencia a la autoridad.
Años después, el 13 de mayo de 2021 atacó a personal policial frente al ferrocarril cuando se le impartió voz de alto.
También el 25 de abril de 2022 sorprendió a una mujer en bicicleta y le robó violentamente la mochila.
Dos meses después, el 6 de septiembre, robó una bicicleta frente al colegio San Antonio en otro episodio delictivo.
Hechos de 2022 y 2023
El 13 de diciembre de 2022 Medrano acompañado de dos personas se apersonó en la plaza frente al Centro Cívico donde había una camioneta Ecosport.
Allí, se metió por la ventanilla trasera derecha pero personal policial lo sorprendió y se frustró su acto delictivo.
Otro hecho fue el 18 de julio de 2023 ingresó a una carnicería por un portón lateral y robó una caja registradora con 30 mil pesos.
El 29 de mayo de ese año irrumpió en una vivienda de calle Brandsen donde lo encontró la propietaria.
En tanto, el 18 de junio de 2023 fue perseguido y detenido tras el robo de una mochila. También se le atribuyó ingreso a una construcción para sustraer herramientas.
Por otro lado, el 10 de octubre forzó una cerradura en un domicilio de Boulevard Argentino, se apoderó de una caja de herramientas y resistió la intervención policial.
Antecedentes penales
Medrano ya contaba con antecedentes: tenia condena del 2013 cumplió en 2014, y en 2020 recibió otra pena de un año y seis meses.
Con estos antecedentes y la acumulación de causas, el tribunal lo consideró reincidente.
La reincidencia constituyó un factor determinante para que la condena sea de cumplimiento efectivo.
Los múltiples hechos delictivos en un período de cinco años demostraron un patrón sostenido de conducta criminal.
El tribunal evaluó la totalidad de los hechos probados durante el juicio, que contó con la participación del fiscal de Cámara, Francisco Márquez, y determinó la pena unificada de dos años y dos meses que Medrano deberá cumplir en establecimiento penitenciario.
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