La Justicia de Villa María resolvió la situación de Lucas Ezequiel Unzeta por el crimen de Eduardo Ferreyra, ocurrido en octubre de 2024 en barrio Felipe Botta.
La jueza María Soledad Dottori declaró al joven autor responsable del delito de homicidio simple y dispuso un régimen penal juvenil con privación de seis meses de la libertad.
Así lo dispuso el Juzgado de Control de Villa María en la audiencia que se realizó este miércoles en Tribunales, a puertas cerradas, con la participación de las partes querellante y defensora debidamente acreditadas.

Unzeta tenía 17 años al momento del hecho, por lo que el proceso se encuadró bajo el régimen penal juvenil vigente en la provincia.
La sentencia estableció un período total de un año de observación y tratamiento sociocomportamental, con control judicial permanente.
Seis meses en el Complejo Esperanza
Según el fallo, los primeros seis meses del tratamiento implican privación de la libertad en el Complejo Esperanza, en la ciudad de Córdoba.
Ese centro socioeducativo aloja a jóvenes en conflicto con la ley penal y aplica programas de contención, seguimiento y reinserción social.
Lucas Unzeta fue trasladado al Complejo Esperanza este mismo miércoles 17 de diciembre y permanecerá allí hasta junio próximo.
Luego, continuará otros seis meses bajo supervisión judicial, aunque sin encierro, según lo previsto en la resolución.

Marco legal aplicado en la sentencia
La jueza Dottori fundamentó su decisión en el inciso 3 del artículo 4 de la Ley 22.278.
También aplicó el artículo 23 de la Ley Penal Juvenil 11.035, que regula medidas socioeducativas para menores imputables.
El fallo tuvo en cuenta la edad del acusado al momento del crimen y las pautas de responsabilidad penal juvenil.
Cómo ocurrió el homicidio de Eduardo Ferreyra
El hecho se registró el 6 de octubre de 2024, a plena luz del día, en barrio Felipe Botta, en Villa María.
Eduardo Ferreyra fue atacado por la espalda con una cuchilla, sin que existiera discusión previa ni forcejeo.

Según relataron familiares de la víctima, el ataque fue sorpresivo y de extrema violencia, provocando la muerte inmediata.
La lesión ocasionó un shock hipovolémico, determinado como la causa eficiente del fallecimiento por los peritos forenses.
Tras el hecho, la familia de Ferreyra reiteró la existencia de material fílmico que mostraba el momento del ataque.
Aseguraron que Unzeta interceptó a la víctima de manera directa y sin provocación previa.
El relato fue incorporado durante el proceso judicial como parte del contexto del hecho investigado.
Fueron esas pruebas las que terminaron acorralando al imputado, quien no tuvo otra opción que confesar el hecho durante el juicio.
Dura comunicado de la familia de Eduardo Ferreyra
Tras conocerse la sentencia, la familia de la víctima difundió una carta con fuertes cuestionamientos al fallo judicial.
En el texto expresaron que consideran inadmisible otorgar una nueva oportunidad de inserción a Unzeta.
Afirmaron que el joven ya había recibido un tratamiento tutelar previo en el Complejo Esperanza, el cual calificaron como fallido.

La carta sostiene que, tras el homicidio, Unzeta habría reincidido en delitos violentos, incluso siendo mayor de edad.
La familia advirtió que una eventual libertad supervisada representa, a su entender, un riesgo concreto para la comunidad.
Finalmente, dejaron constancia pública de la responsabilidad institucional que, según expresan, recaería sobre las magistradas intervinientes ante cualquier nuevo hecho violento.
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