El juez federal subrogante de Villa María, Carlos Ochoa, declaró la incompetencia del fuero para intervenir en el conflicto entre conductores de aplicaciones como Uber y el Estado municipal. La resolución se produjo tras el amparo colectivo presentado por 54 trabajadores del sector.
Con el accionar judicial, los prestadores buscaban que se declare la inconstitucionalidad de la ordenanza 8.232.
“Dicha norma vulnera la ley de Defensa del Consumidor”, sostuvieron los demandantes representados por el abogado Pablo Maccarini.
Sin embargo, el magistrado descartó que existan elementos de derecho federal en pugna.
Rechazan amparo de choferes de Uber
En primer lugar, el magistrado destacó que la intervención federal debe ser restringida y excepcional.
“Otorgar tal amplitud implicaría la potestad de avasallar las autonomías provinciales”, recordó el juez Ochoa en los fundamentos de su fallo emitido en la sede de Villa María de acuerdo a lo que pudo saber el medio provincial La Voz.
La resolución rebatió el argumento de que la plataforma represente una actividad de comercio interjurisdiccional por utilizar servidores tecnológicos globales.
“Técnicamente se trata de una prestación de servicios que puede realizarse en diversas localidades, lo que no es lo mismo”, aclaró el juez.
Por otro lado, la fiscal María Schianni ya había dictaminado en contra de la competencia del juzgado local.
Consecuentemente, el juez insistió en que “el análisis no puede limitarse a considerar si existen derechos protegidos por la Constitución Nacional” para forzar la jurisdicción federal.
El impacto de las plataformas digitales y billeteras virtuales
Durante el análisis del caso, Ochoa fue contundente respecto al uso de tecnología en los pagos del transporte.
“No es el medio o sistema de pago lo que está en pugna”, señaló para desestimar el carácter federal del reclamo de los conductores.
Indudablemente, este fallo sienta un precedente sobre la capacidad regulatoria del municipio local frente a las aplicaciones extranjeras.
“Impedirle al Municipio regular aspectos diversos implicaría anular la autonomía provincial”, reafirmó el magistrado antes de ordenar el archivo definitivo de las actuaciones.
Finalmente, el conflicto judicial deberá continuar su curso en los tribunales ordinarios de la provincia de Córdoba.
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