La Justicia Electoral de Córdoba resolvió el planteo que habían presentado los partidos de la oposición en Villa María sobre la fecha de comicios locales, y dispuso que sea la Junta Electoral Municipal (JEM) quien decida sobre la cuestión de fondo.
De esta manera, devolvió la resolución de este problema al organismo que se había declarado incompetente para abocarse.
En la parte resolutiva, el dictamen señala que la JEM “debe abocarse al tratamiento y resolución de la cuestión de fondo planteada” y entre los antecedentes citó nada menos que una decisión idéntica tomada en 2011 en este mismo municipio.
El dictamen afirma que las juntas electorales, como organismos administrativos, ejercen también funciones jurisdiccionales al resolver conflictos, ya que es “la máxima conducción del proceso eleccionario”.
La oposición considera que el llamado a comicios para el 2 de agosto en Villa María no está dentro de lo determinado por la Carta Orgánica Municipal.
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Foto: Villa María Vivo / Archivo.