Se labraron las primeras actas por uso de aplicaciones no autorizadas

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La Guardia Local intervino en los procedimientos.

El Municipio local dio a conocer que en Villa María ya se labraron las primeras dos actas de infracción por la utilización de aplicaciones de transporte no autorizadas.

Así lo informó el subsecretario de Prevención, Seguridad y Convivencia Urbana, Fernando Jones, en diálogo con este medio.

Los procedimientos fueron realizados el fin de semana por la Guardia Local, que intervino en conjunto con la Policía de Córdoba y Gendarmería Nacional.

Primeras actas y dos vehículos secuestrados

Según explicó el funcionario, todo guarda relación con la reglamentación de la Ordenanza Municipal 8.232, que regula el transporte de pasajeros mediante App de viajes.

Jones confirmó que “ya se constataron dos vehículos que estaban transportando pasajeros con una aplicación que no está autorizada”.

Fernando Jones.

En virtud de esa irregularidad detectada, se procedió a la retención del vehículo y al labrado de las actas correspondientes.

Todo lo actuado fue puesto a disposición del Juzgado de Faltas. Por otro lado, los vehículos fueron trasladados al depósito municipal.

No hay aplicaciones autorizadas

El subsecretario del área municipal aseguró que en la actualidad Villa María no cuenta con aplicaciones autorizadas.

“No se ha inscripto ninguna todavía. Y las que se han acercado, preguntaron por los requisitos”, amplió Jones.

“Hubo una que presentó algunos documentos, pero en la actualidad no hay ninguna aplicación autorizada”, reforzó.

La ordenanza 8.232

La Ordenanza 8.232 marca un cambio en la movilidad urbana al oficializar la convivencia y establecer las reglas de juego para taxis y plataformas como Uber o Didi (denominadas, en la ordenanza vigente, ETMAD: Empresas de Transporte Mediado por Aplicaciones Digitales).

La normativa fue promulgada por el Decreto 686 firmado el 11 de septiembre por intendente Eduardo Accastello y los secretarios Marcos Bovo, de Gobierno, y Guillermo Pieckenstainer, de Economía.

La principal novedad es que la nueva norma fija una tarifa unificada, para taxis y aplicaciones, dejando que los prestadores apliquen una flexibilidad de hasta el 20% por encima de ella.

Además Villa María ha puesto un límite al número total de habilitaciones para el servicio de autos de alquiler con conductor (taxis y VTA en conjunto), fijando un máximo de una (1) habilitación cada 170 habitantes.

Requisitos para empresas y vehículos

Las empresas de aplicación (ETMAD) deberán cumplir con una serie de requisitos para operar legalmente:

  • Habilitación y Registro: Deberán inscribirse en un registro especial y obtener la habilitación municipal.
  • Transparencia: Están obligadas a garantizar que su plataforma permita la identificación del conductor y vehículo, el registro del recorrido y la calificación del servicio por parte del usuario.
  • Fiscalización: Deben brindar información a la Autoridad de Aplicación para la correcta fiscalización.

Para los conductores de VTA, la exigencia de la ordenanza es la siguiente:

Deben estar inscriptos en el Registro Municipal de Conductores

Poseer la Licencia de Conducir Profesional/Especial municipal

Acreditar una residencia continua de dos años en Villa María. Además, se exigirá un curso especial y la presentación anual de certificados de antecedentes, incluyendo el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Sanciones

El régimen sancionatorio es severo. Prestar el servicio sin la habilitación vigente de taxi o VTA implicará una multa mínima de 2.000 Unidades de Multa (U.M.), el retiro del vehículo y la inhabilitación del infractor por dos años.

En el caso de que una ETMAD funcione sin habilitación, la sanción mínima es de 1.500 U.M. y la clausura de la plataforma.

La autoridad de aplicación será el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la secretaría que disponga.


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