Villa Nueva está adherida a la a la Ley Provincial de Productos Químicos o Biológicos de uso agropecuario, por lo cual realiza controles en locales dedicados a la venta, depósito, aplicaciones, y todo aquello relacionado a estas sustancias.
Productores, Aplicadores y Asesores Fitosanitarios están obligados a presentar ante el Municipio, las Recetas Fitosanitaria cuya aplicación se realice en la zona comprendida entre el fin de la planta urbana y los 1500 metros posteriores. Toda intervención realizada en esta zona deberá contar con la autorización del Municipio.
Las autorizaciones se rigen bajo lo estipulado por la Ley Provincial N 9164 establecido la prohibición de aplicaciones aéreas a menos de 500 metros de la planta urbana, permitiéndose las mismas a partir de los 500 metros y hasta los 1500 metros sólo para las clases toxicológicas III y IV.
Para las aplicaciones terrestres podrán utilizarse productos clases III y IV hasta los 500 metros y a partir de ese punto aplicar las clases I y II. De igual modo se les recuerda que las aplicaciones deben ser realizadas bajo las condiciones establecidas en la receta fitosanitaria.