El pasado 17 de abril el Municipio de Villa María clausuró un boliche que se encontraba funcionando fuera de horario, a las 3:00 de la madrugada, con gente bailando.
Además, en el interior del lugar no había cumplimiento de protocolos: la gente bailaba sin distanciamiento y muchos sin barbijos.
El Juzgado de Faltas de la Villa María, resolvió imponer una multa económica y una clausura de 7 días.
Hasta el momento no se puede aplicar la sanción de trabajo comunitario debido a que la ordenanza no está vigente, hasta que no se publique en el Boletín Oficial.
Los montos de dicha multa están estipulados en la ley provincial 10.702.
En el artículo 1.2 de dicha norma marca que el, “incumplimiento de medidas de prevención para actividades económicas, deportivas, artísticas y sociales: los comercios, empresas, industrias, prestadores de servicios y todos aquellos establecimientos en que se desarrollen actividades económicas, deportivas, artísticas, culturales, religiosas, sociales y toda otra actividad análoga que incumplan con las medidas de protección que le resultaren aplicables, serán sancionados con multa de entre pesos cinco mil ($ 5.000,00) y pesos cincuenta mil ($ 50.000,00); ”.
Boliche funcionaba fuera de horario
La Municipalidad de Villa María informó que a las 3:00 horas del pasado sábado 17, Seguridad Ciudadana constató que el local Lola Cruz permanecía en funcionamiento.
La semana pasada comenzaron a regir las restricciones horarias que establecen que estos espacios pueden permanecer abiertos hasta las 01:00 horas.
Además, en el interior del lugar no había cumplimiento de protocolos: la gente bailaba sin distanciamiento y muchos sin barbijos.
En este sentido, el protocolo indica que los boliches y discotecas pueden funcionar como bares, quedando prohibida la pista de baile.
«También se constató que los empleados atendían la barra del local sin el correspondiente barbijo, el faltante de libretas sanitarias y que los baños no estaban en buen estado de funcionamiento«, dijeron desde el municipio.
Por tal motivo, se procedió a la clausura preventiva del lugar.
Trabajo comunitario
Durante la sesión ordinaria del pasado jueves 15 de abril, el Concejo Deliberante de Villa María aprobó un proyecto por el cual se faculta a los jueces de faltas municipales a sancionar con trabajo comunitario a quienes incumplan las disposiciones vigentes.
Esta sanción alcanzará a quienes «organicen, faciliten, encubran, participen, difundan o de cualquier otro modo permitan la realización de reuniones y/o fiestas clandestinas».
Vale lo mismo si los encuentros no autorizados son en espacios públicos o privados.
También se aplicará el castigo a quienes oculten, encubran u omitan denunciar los contactos estrechos de Covid-19.
Se entiende por trabajo comunitario a las tareas que realice el infractor en lugares establecidos por la autoridad y en beneficio de la sociedad.
La sanción con trabajo comunitario será con un mínimo de 21 horas y un máximo de 100 horas, dependiendo de la gravedad de la falta, situación que será merituada por el Juez.
La aplicación de la sanción de trabajo comunitario es independiente de las sanciones que el hecho pueda originar en el ámbito administrativo municipal y provincial.
Esto incluye el plano judicial, por la intervención de los tribunales ordinarios en los casos que se lo requiera.
Boliche clausurado: Funcionaba fuera de horario con gente bailando sin barbijo