El Concejo Deliberante de Villa María autorizó la circulación urbana de los vehículos comprendidos en la categoría monopatines eléctricos para mayores de 16 años y con ciertas reglas que deberán seguirse.
Este tipo de vehículos evitan la contaminación de los motores a combustión, como los de motos, autos y colectivos.
También son prácticos para su traslado y resguardo en lugares cerrados a partir de su pequeño tamaño.
En el caso de Villa María, los usuarios de monopatines eléctricos deberán seguir ciertas reglas para que su uso encuadre en la normativa aprobada por los concejales.
Requisitos para monopatines eléctricos
Los parámetros para utilizar los mencionados dispositivos son:
- Trasladar a una sola persona.
- Desplazarse respetando una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora.
- Usar casco en forma obligatoria
- Contar con luz delantera y trasera para su visibilidad en condiciones de poca iluminación
- Llevar sistema de frenos obligatorio que actúe sobre sus ruedas
- Poseer timbre o bocina que permita llamar la atención bajo condiciones de tránsito mediano
- Elementos reflectantes que permitan una adecuada visibilidad.
- La edad mínima para conducir dispositivos de movilidad personal será de 16 años
- En los tramos con ciclovías o bicisendas deberán circular exclusivamente por ahí, quedando prohibida la circulación por las veredas.
Patente y permiso
Por otro lado, el Concejo Deliberante facultó al Departamento Ejecutivo a definir, vía reglamentaria, un mecanismo de otorgamiento de Permisos de Circulación con chapas identificatorias, equiparando estos vehículos a la definición de “ciclomotor”.
Del mismo modo, se determinarán sanciones de las cuales será pasible quien incurra en falta al no respetar los preceptos establecidos en esta ordenanza o circular sin el debido permiso.