La Justicia de Villa María condenó a Héctor Alejandro Fernández por ser responsable por el delito de comercialización de estupefacientes en Villa Nueva, imponiendo una pena de cinco años de prisión y una multa.
En una decisión de este martes 19 de diciembre, el Tribunal ha declarado al imputado Héctor Alejandro Fernández penalmente responsable del delito de Comercialización de Estupefacientes, en los términos de los arts. 5 inc. “c” (primer supuesto) de la Ley 23.737 y 45 del Código Penal.
La sentencia establece una pena de cinco (5) años de prisión, una multa de pesos quinientos ochenta y cinco mil ($585,000), accesorias de ley y las costas del proceso.
Además, se declara la reincidencia del imputado.
Cómo atraparon a este vendedor de droga de Villa Nueva
El hecho ocurrió en la ciudad de Villa Nueva, Departamento General San Martín, de la provincia de Córdoba, entre el 12 de septiembre y el 12 de octubre del año 2022.
El imputado, Héctor Alejandro Fernández, sin autorización y con ánimo de lucro, vendía sustancias estupefacientes, posiblemente cocaína y marihuana, en su domicilio particular.
En una transacción específica el 5 de octubre de 2022, aproximadamente a las 18:50 hs., Fernández vendió a un ciudadano un envoltorio de nylon blanco termosellado, que contenía una sustancia pulverulenta blanca.
El análisis posterior confirmó la presencia de cocaína en un peso de 0,5 gramos.
La detención del imputado tuvo lugar el 12 de octubre de 2022, alrededor de las 18:00 hs., cuando se encontraba en posesión de diversas sustancias estupefacientes destinadas a la comercialización al menudeo.
Entre ellas se hallaron envoltorios con cocaína y marihuana en diferentes lugares de su domicilio.
La sentencia contra el vendedor de drogas
El Tribunal, al emitir su resolución, declaró la inconstitucionalidad de la escala penal prevista por el art. 5 inc. c) en función del art. 34 inc. 1 de la ley 23.737 para la pena privativa de la libertad para este caso en particular.
Además, se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad de la pena de multa y del instituto de la reincidencia.
En cuanto a las penas impuestas, se dispuso el decomiso de las sustancias estupefacientes incautadas, así como de sumas de dinero encontradas en posesión del imputado.
La sentencia establece una pena de cinco (5) años de prisión, una multa de pesos quinientos ochenta y cinco mil ($585,000), accesorias de ley y las costas del proceso.
También se recomendó al Servicio Penitenciario coordinar un tratamiento psicológico y/o psiquiátrico adecuado a la problemática adictiva de Fernández, así como la instrucción alfabetizadora y laboral si correspondiere.