Fiscales tendrán a su cargo la investigación penal de delitos cometidos por menores punibles

El Ministerio Público Fiscal de la provincia (MPF) anunció que, a partir del día 1 de septiembre del 2021, los Fiscales tendrán a su cargo la iniciación, preparación, promoción y ejercicio de la pretensión punitiva respecto de los hechos cometidos por Niñas, Niños y Adolescentes (NNyA).

La reforma que introduce la Ley Provincial N° 10.637 a la N° 9.944, mantiene la investigación en los fiscales e incorpora nuevas competencias, nuevos plazos y otros institutos novedosos para la resolución de conflictos.

La Ley 10.367 incorpora competencias para los órganos del proceso y además prevé aspectos importantes y novedosos en materia de niñez.

En relación al Fiscal, asigna la dirección de la Policía Judicial; respecto de hechos cometidos únicamente por menores de edad punibles, para solicitar la extinción de la acción penal por aplicación de las reglas de disponibilidad de la acción previstas en la Ley 8123.

Asimismo, podrán proponer la suspensión de juicio a prueba; a requerir medidas de coerción urgentes para asegurar el proceso y solicitar ante los Jueces la privación cautelar de libertad del NNyA.

Además de ejercer la acción penal pública en los juicios antes los Jueces e intervenir en la ejecución de las penas impuestas, entre otras funciones.

El objeto en el procedimiento de niñez será la determinación de la responsabilidad penal de las NNyA y la aplicación de las sanciones previstas, a diferencia del anterior que se enfocaba en la protección integral.

El artículo 90 establece una duración máxima del proceso cuando el NNyA se encuentre bajo una medida de coerción o de resguardo, que se contará a partir del inicio de las actuaciones.

Por su parte el  91 bis, prevé que se priorizará la aplicación de medidas no privativas de la libertad como la supervisión de territorio o servicios en beneficio de la comunidad.

En el artículo 100 se regula la privación cautelar de libertad solo podrá disponerse excepcionalmente como último recurso cuando no hubiere otros medios eficaces para asegurar el proceso.

Los fiscales asumen la importante responsabilidad en la investigación penal de los hechos cometidos por NNyA punibles, llevando a la práctica el principio acusatorio en el Fuero de Niñez conforme los mandatos constitucionales.

 

 

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