Las propuestas del municipio a los vecinos para regularizar deudas

Desde este lunes 17, los contribuyentes de Villa María pueden adherirse al nuevo régimen extraordinario de flexibilización de pagos adeudados.

De esta manera, quienes tengan diferentes tipos de deudas –por tasas municipales y no tributarias- con el municipio, podrán acceder a planes de pago con quitas de intereses.

Esta quita puede llegar a la eliminación total de los intereses para quienes realicen el pago al contado, e irá mermando conforme se amplía la cantidad de cuotas, que puede llegar hasta un máximo de 36.

Fecha límite

Se trata del primer plazo para adherir al régimen extraordinario de flexibilización de pagos adeudados, hasta el 15 de octubre, día en que vence la posibilidad de regularizar.

Posteriormente, habrá vencimientos en noviembre y diciembre, pero las ventajas serán menores para quienes adhieran tras la primera fecha señalada.

¿Qué pagos se puede regularizar?

Desde el área de Economía y Finanzas del municipio explicaron que la medida prevé una importante flexibilización para el pago de una amplia variedad de ítems: servicios a la propiedad, automotores, comercio e industria, contribución por mejoras.

También podrán regularizarse cuotas de planes de vivienda, multas, derechos de construcción, sanciones tributarias y no tributarias, e incluso planes de pago anteriores, estén o no en vigencia.

Además, indicaron que no es necesario regularizar la totalidad de la deuda, sino que puede gestionarse un plan por una parte, a condición de que represente un mínimo del 50 por ciento del total adeudado, comenzando por la porción más antigua.

Beneficios

Los vecinos que accedan a la regularización en el primer plazo, se verán beneficiados con las mayores quitas de intereses. Además de la eliminación total de los intereses generados para quienes abonen al contado, habrá quitas significativas para el pago en cuotas.

Así, quienes lo hagan hasta en 3 cuotas, se beneficiarán con una reducción del 95%; hasta en 6, 85%; a partir de 12 cuotas, 60%; a partir de 18 cuotas, 40%, a partir de 24 cuotas, el 20% o en 36 cuotas sin descuento de intereses.

Por otra parte, quienes decidan cancelar la deuda hasta en 6 cuotas, no tendrán interés de financiación anual, y hasta en 36 cuotas, será entre 12% y 18%.

Para aquellos casos en que el contribuyente manifieste su intención de pagar, pero sus posibilidades no se adapten a ninguno de los planes previstos, el municipio realizará un estudio socio económico del caso y determinará el plan de pagos adecuado a esa situación particular.

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