Un veredicto de prisión condicional por violencia familiar fue dictado el 10 de septiembre en la Cámara del Crimen perteneciente a los Tribunales de Villa María. La sentencia recayó sobre un herrero juzgado a través de un procedimiento abreviado.
La sentencia
La jueza Edith Lezama de Pereyra halló a Jorge Ricardo Galindez penalmente responsable de lesiones leves calificadas y desobediencia a la autoridad en concurso real.
El imputado carecía de antecedentes penales anteriores al fallo dictado en los estrados judiciales.
A partir de este proceso, la autoridad judicial le impuso un castigo de 2 años de ejecución condicional.
Fechas investigadas
De acuerdo con las constancias de la causa ventilada en la sala, los episodios acontecieron el 21 de enero de 2026 y el 31 de enero de 2026 en perjuicio de su pareja.
El trámite del proceso contó con la actuación del fiscal Francisco Márquez en la parte acusatoria y el patrocinio de la abogada defensora Ivana Castoldi.
Medidas impuestas
Entre las obligaciones fijadas en el fallo, se estableció la prohibición de relacionarse por cualquier vía con la víctima de los actos juzgados.
Además, el penado tendrá que someterse de manera obligatoria a un tratamiento de carácter psicológico o psiquiátrico que responda a la índole de los delitos cometidos.
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