Publican en el Boletín Oficial las multas para quienes incumplan las medidas sanitarias, según la Ley 10702. Rigen desde el 27 de julio.
La ley establece que toda persona humana o jurídica que incumpla alguno de los Protocolos de Actuación, Disposiciones y Resoluciones del Centro de Operaciones de Emergencia Central (COE) dentro de la provincia podrá ser sancionada.
Sanciones
– Medidas de protección personal. Toda persona que incumpla con las medidas de protección personal para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público, al circular en transporte público o privado, para circular y permanecer en espacios públicos y espacios compartidos podrá ser sancionada con multa de entre $ 5.000 y $ 10.000.
– Actividades económicas, deportivas, artísticas y sociales. Los comercios, empresas, industrias, prestadores de servicios y todos aquellos establecimientos en que se desarrollen actividades económicas, deportivas, artísticas, culturales, religiosas, sociales y toda otra actividad análoga que incumplan con las medidas de protección que le resultaren aplicables serán sancionados con multa de entre $ 5.000 y $50.000.
– Reuniones familiares o de cualquier otro tipo. Toda persona que incumpla con las recomendaciones y lineamientos generales para la realización de reuniones familiares o de cualquier otro tipo que fuere habilitada por la autoridad competente, será sancionada con multa de entre $10.000 y $ 100.000.
Las reuniones sociales están terminantemente prohibidas todos los días en toda la provincia y pueden hacerse únicamente los domingos de 11 a 23 hs. El resto de los días de la semana, las reuniones familiares están prohibidas.
El máximo permitido es de 10 familiares, parientes sí o sí y el dueño de casa es responsable de hacer cumplir la norma, dijeron desde el Gobierno Provincial.
– Ingreso, tránsito y permanencia en territorio provincial. Toda persona que incumpla con los protocolos de actuación, disposiciones y resoluciones establecidos para el ingreso, tránsito y permanencia en el territorio de la Provincia de Córdoba, será sancionado con multa de entre $50.000 y $ 500.000.
– Cuarentena, aislamiento sanitario estricto y cualquier otra indicación epidemiológica. Toda persona que incumpla con los protocolos de actuación, disposiciones y resoluciones referidos a la observancia de cuarentena, aislamiento sanitario estricto o cualquier otra indicación epidemiológica, será sancionada con multa de entre $ 20.000 y $ 200.000.
En el mismo Boletín, aclaran que quienes brinden información para la investigación epidemiológica podrán tener una reducción de la multa. Y ante la reincidencia, la multa se duplicará. Además, hay una reducción por pago voluntario del %50.