¿Con qué DNI se vota y cómo saber la escuela?

A días de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) para elegir candidatos y candidatas legislativos, te decimos con qué DNI se vota y dónde.

Las elecciones del próximo domingo 12 de septiembre se realizarán en todo el país y con un protocolo específico en el marco de la pandemia.

Esto significó una reestructuración en las mesas y establecimientos que normalmente se utilizan, ya que deberá garantizarse el distanciamiento y evitar la mayor aglomeración de personas.

VER ► Menos mesas y no compartir lapicera: así es el protocolo para ir a votar

Por eso, puede que haya diferencia respecto al lugar de votación en relación a las elecciones anteriores.

Para poder saberlo, ingresá a este link y colocá tus datos. Hace captura o sacá foto al detalle de lugar y mesa, para después poder agilizar el trabajo de fiscales el día de las elecciones.

Con qué DNI se vota

En cuanto a la documentación, una persona debe identificarse con el último ejemplar emitido:

Este puede ser la libreta de enrolamiento, cívica, DNI libreta verde, Tarjeta del DNI libreta celeste o Nuevo DNI tarjeta.

Lo importante es que sea siempre el último ejemplar.

Por ejemplo, si una persona tiene tarjeta del DNI libreta celeste y después sacó el nuevo DNI tarjeta, tiene que presentarse con el último.

Qué pasa si no voto

La persona que no emita su voto, ingresará a un registro de infractores y se te aplicará una multa, salvo que justifique ante la Justicia Nacional Electoral que no pudo asistir en un término de 60 días posteriores al día de la elección.

Asimismo, hay personas que estan exentas de votar. Estas son:

  • Quienes el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde debe votar.Esta persona deberá presentar el día de la elección a la autoridad policial más próxima una justificación del alejamiento y solicitar certificación escrita.
  • Enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que impida ir a votar.Deberán justificarlo con un certificado médico dentro de los 60 días posteriores al acto eleccionario. Lo mismo para el caso anterior.
  • Los jueces y auxiliares que el día de la elección deban prestar servicios.
  • Personas que estén transitando el coronavirus, sean casos sospechosos, contactos estrechos o personas de riesgo con indicación médica de no ir a votar.

Foto: Ilustrativa. tiemposur.com.ar

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