Ley de Envases: ¿De qué trata y cómo favorece a los recuperadores urbanos?

¿En qué consiste la Ley de Envases?

Durante la jornada del 9 de diciembre, en la Defensoría del Pueblo, se realizó una reunión con instituciones de la ciudad en el marco de la presentación del proyecto de Ley de Envases.

El encuentro tuvo como objetivo el de fortalecer e incentivar el intercambio de ideas para fortalecer políticas integrales que protejan el medio ambiente.

La Auditora General Alicia Peressustti, en diálogo con la prensa manifestó:

“Este proyecto de ley ya tiene media sanción en la Cámara de Senadores para conseguir la ley de envases lo que haría la esta normativa visibilizar el trabajo de reciclado que hacen los recuperadores urbanos , más conocidos como carreros o cartoneros”. 

“El objetivo principal de esta ley de envases es la visibilización de los recuperadores urbanos y despues crear conciencia en la sociedad y en las empresas sobre la gravedad de la contaminación”,agregó.

“Ahora -añadió- hay que conseguir la media sanción en diputados y en nuestro país cuesta mucho el tema de la responsabilidad social”.

Por su parte la titular de la Cooperativa 7 de febrero Marcela Durán, explicó que  “dejarian de ser trabajadores en negro, tendrían mutual y derechos que hasta el momento no tienen. Nosotros nos hemos denominado recuperadores urbanos porque no tenemos un nombre reconocido somos indigentes, cartoneros, carreros y en si no tenemos un reconocimiento del trabajo que realizamos  “.

Ley de Envases:  ¿De qué se trata?

Dicho proyecto fue impulsado por el diputado Máximo Máximo Kirchner y el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Juan Cabandie.

Se trata de introducir un procedimiento basado en el principio de responsabilidad extendida del productor e integrando prioritariamente en la cadena de gestión a los trabajadores recicladores.

La ley establece una tasa por un valor que no supere el 3%, por envase, que va a ser recaudada por la AFIP.

La recaudación se destinará a un fidecomiso, manejado por el Ministerio de Ambiente, y se transferirá a los municipios, en la medida que cuenten con un plan de abordaje de reciclado de residuos.

 

Están comprendidos dentro de las disposiciones del proyecto de la ley de envases todos los envases introducidos por primera vez en el mercado nacional, sean fabricados en el país o importados, y los envases “post consumo”, sean de origen residencial, urbano, comercial, asistencial, sanitario o institucional, con excepción de aquellos que, por sus particulares características, se encuentren regulados por normas específicas para la gestión post consumo y los destinados a la exportación, salvo que retornaran al país.

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible publicará un listado de aquellos envases respecto de los que, por sus características de tamaño, contenido, composición, diseño o uso, resulte muy dificultoso o impracticable cumplir con las disposiciones establecidas en el proyecto de ley, para los cuales establecerá prescripciones y requisitos técnicos específicos para su gestión.

El valor de la tasa (TAREP) debe ser expresado en pesos argentinos por kilogramos de materiales en los envases y no podrá ser superior al 3 % del precio mayorista de venta que tiene el producto envasado. El Ministerio de Ambiente determinará su valor y podrá actualizarlo, así como también los términos de la fórmula que figura en el anexo del proyecto.

 

Quedan exentos del pago de la TAREP los productores que implementen un Sistema de depósito, devolución, retorno y reutilización debidamente aprobado por el Ministerio de Ambiente, de los envases que introduzcan en el mercado. Se designa a la AFIP como órgano recaudador de la tasa.

Fuente: Crónica

 

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