El Departamento Ejecutivo Municipal emitió el decreto 172/2020 que establece las condiciones en que se cumplirá en Villa María el funcionamiento de locales de venta de mercaderías ya elaboradas.
Es para comercios minoristas que puedan vender a puertas cerradas, por medios electrónicos o telefónicos, y con forma de cobro externo.
El nuevo instrumento legal viene a reglamentar en el ámbito local las nuevas excepciones establecidas por el Gobierno nacional al aislamiento social preventivo y obligatorio y a la prohibición de circular.
Incluye a muchos comercios que no estaban funcionando, como tiendas de ropa, jugueterías, bazares, electrónica, entre muchos otros.
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Se emitió con un anexo donde se detallan diferentes protocolos de higiene y salubridad para la prevención del contagio de Covid-19.
La nueva norma fue objeto de análisis y conversaciones por parte de Aerca y Acovim, en representación de los comerciantes villamarienses.
También fue estudiada por concejales y tribunos de cuentas que integran el Comité de Emergencia Económico, quienes aportaron sus puntos de vista.
En ningún caso podrán funcionar a puertas abiertas.
Sólo podrán interactuar con sus clientes a través de plataformas de comercio electrónico, por teléfono o por cualquier otro medio que no requiera el contacto personal.
Autorizaciones
Previamente deberán iniciar el trámite en el municipio en el plazo de 72 horas a partir de la entrada en vigencia del decreto, que será el lunes 27 de abril.
Deberán ejecutar un protocolo de higiene y seguridad para garantizar la salud de sus trabajadores.
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En caso de incumplimiento, se establecen sanciones de entre 50.000 y 300.000 pesos.
La Secretaría de Gobierno, Seguridad Ciudadana y asuntos legales será la encargada de emitir las autorizaciones y controlar su cumplimiento.
El trámite
La tramitación puede hacerse en el municipio o a través de Aerca y Acovim para los comercios asociados.
Además del anexo de Seguridad e Higiene, el decreto tiene como primer anexo el documento que los comerciantes deben presentar para solicitar la autorización a funcionar.
Este formulario estará disponible desde el lunes 27 en el portal web del municipio, www.villamaria.gob.ar.
Cada comerciante y trabajador, para poder dirigirse al local comercial, deberá contar con el permiso único de circulación que emite el Gobierno nacional.
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Reparto de mercadería
La entrega de productos, que se concretará únicamente con la modalidad a domicilio del cliente, deberá realizarse con cadetes autorizados y que se encuentre inscriptos en el registro abierto por el municipio a tal fin.
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El comercio también podrá optar por hacer la entrega de mercaderías con personal propio, y en tal caso podrá designar hasta dos personas para la tarea, cuyos datos personales deberán ser comunicados a la Oficina de Habilitaciones del municipio para que sean capacitados en el protocolo de seguridad e higiene para la prevención del contagio de Covid-19.
Quienes tengan a su cargo el reparto a domicilio deberán portar las correspondientes autorizaciones, tanto personales como para el vehículo.