Más jubilados podrán ser eximidos de tasa de servicios

0

Durante un encuentro celebrado en el Salón Blanco del Palacio Municipal se hizo saber que de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 6.877, que modifica a la 6.476, se elevaron los montos mínimos y máximos de los haberes que deben cobrar aquellos interesados en acceder al beneficio de eximición de la Tasa de Servicios a la Propiedad.
Anteriormente el porcentaje máximo de exención lo alcanzaba sólo el contribuyente cuyo ingreso no superaba un Haber Mínimo Jubilatorio. Hoy con la Nueva Ordenanza ese tope es de un Haber y Medio del Mínimo Jubilatorio. El porcentaje de eximición, puede ser del 100%, 75% o 50% dependiendo el nivel de ingresos.
Es decir que aquel contribuyente cuyos ingresos sean inferiores a $5.732,60 podrán beneficiarse con la eximición del 100%, quienes cobren entre $5.732,61 hasta $6592.48, un beneficio del 75% y entre $6592,49 a $7.452,38 del 50%, todo contribuyente cuyo ingreso supere los $7.452.38 no gozara de la eximición.

Requisito para realizar el trámite

Durante el encuentro también se informó sobre los requisitos para acceder a dicho beneficio. En ese sentido se especificó que aquellos que aspiren a obtener la eximición por primera vez deben presentarse a la AMIP con fotocopia de la 1º y 2º hoja o las dos carillas del DNI, último recibo de haber jubilatorio, fotocopia de la escritura de su vivienda y eximición de impuesto a inmuebles provincial.
En tanto, si el interesado quiere renovar el beneficio, además del DNI y su último haber jubilatorio, también debe presentar la constancia de eximición del Municipio del año 2014.
Además, se dio a conocer que en los próximos días se realizarán reuniones con los responsables de los distintos Municerca con el propósito de organizar los mecanismos de atención en dichos lugares descentralizados y en centros de jubilados.

300X250 VMVIVO

► Sumate al canal de Villa María VIVO! en WhatsApp para recibir todas las noticias ► https://whatsapp.com/channel/0029VavtLQL2ZjCw5Lpjz50H

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Conocé cómo se procesan los datos de tu comentario.