Qué hace falta para salir del país: documentos para el exterior y autorización de menores

Por el comienzo de las vacaciones de verano, el Ministerio del Interior de la Nación recordó cuáles son los documentos necesarios para egresar del territorio por los pasos terrestres, aéreos, marítimos y fluviales habilitados. Además, aclaró lo que respecta a las autorizaciones para la salida de menores.

Los argentinos deberán usar el DNI físico (o el pasaporte) para viajar a países del Mercosur y Estados Asociados, ya que carecen de validez los escritos a mano y el DNI digital en el celular.

En caso de trasladarse a naciones extra Mercosur es imprescindible el Pasaporte y visa en caso de que lo requiera el país de destino (consultar con las representaciones consulares la necesidad de dicho requisito).

En tanto que los extranjeros residentes pueden dirigirse a los países asociados o miembros del Mercosur con el DNI digital o el Pasaporte de su país, junto a la constancia de residencia en la Argentina. Si el destino está fuera del Mercosur y Estados Asociados, es indispensable el Pasaporte, con o sin visa según establezca el país receptor.

Por otra parte, los extranjeros que ingresaron como “temporarios” o “transitorios” y que se hayan excedido en el plazo de permanencia autorizada, previamente tendrán que tramitar la “Habilitación de Salida” ante Migraciones.

¿Qué pasa con los menores?

Con respecto a los menores de 18 años, además del documento de viaje habilitado (DNI digital o Pasaporte), necesitan autorización de acuerdo a diversas posibilidades, entre ellas:

-Si el menor viaja con ambos padres bastará con que acrediten el vínculo parental mediante Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento (sin importar la fecha de su emisión) o DNI del menor, en donde consten los datos filiatorios de ambos progenitores.

-Si lo hace sólo con uno de sus padres, además de demostrar la relación familiar con alguno de los documentos citados, deberá acompañar la autorización del progenitor ausente.

-En el caso de menores hijos de adolescentes se requerirá además del consentimiento de los padres adolescentes, el de cualquiera de los abuelos por parte de cada adolescente progenitor, aunque los adolescentes estén casados o, aunque un progenitor fuese mayor. En caso de que falte algún consentimiento se requerirá la autorización judicial supletoria.

-Si el menor viaja acompañado de su tutor o curador, deberá acreditarse con la resolución judicial respectiva; la designación y aceptación del cargo de tutor o curador.

Toda esta documentación deberá ser presentada en original o copias debidamente legalizadas o certificadas.

Si uno o ambos progenitores no pueden o no quieren dar su consentimiento o si el menor se encuentra bajo guarda con fines de adopción o a disposición de un juez, será necesaria la Autorización Judicial Supletoria.

Se recomienda que previo al viaje se consulte en las oficinas de la DNM sobre autorizaciones judiciales o situaciones excepcionales sobre viaje de menores.

Por consultas en la ciudad, se puede ir al Registro Civil ubicado en Mendoza esquina Antonio Sobral, de lunes a viernes de 7:00 a 14:00 hs o llamar al 353 4618100 Interno 412.

AnteriorLargó la venta de entradas y las fanáticas de Yatra fueron las primeras en comprar
SiguienteAccidente fatal: El conductor del auto murió tras volcar cerca de Oliva