Trasplantados y en lista de espera, con tratamiento gratuito

Por medio del decreto presidencial 2266/2915 publicado en el Boletín Oficial, se puso en marcha el Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas previsto por la Ley N° 26.928.
Éste establece que el sistema público de salud, las obras sociales y las entidades de medicina prepaga deberán brindar cobertura del 100 por ciento en la provisión de medicamentos, estudios diagnósticos y prácticas de atención.
La cobertura total deberá ser otorgada para todas aquellas patologías que estén directa o indirectamente relacionadas con el trasplante.
Además, el decreto permitirá a los beneficiarios a acceder al derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de transporte terrestre, sometidos a contralor de la autoridad nacional, de corta, media y larga distancia, como asimismo de transporte fluvial, en el trayecto que medie entre el domicilio de aquéllas y cualquier destino al que deban concurrir por razones asistenciales.

Cómo ser beneficiario

Para acreditar la condición de beneficiario, el INCUCAI— en coordinación con los organismos jurisdiccionales de procuración y trasplante— dictará las normas operativas para extender un certificado- credencial a las personas allí comprendidas y llevar un registro de la extensión de los mismos.
Incluye a todas las personas que hayan recibido un trasplante inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante o que se encuentren en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA).

Fuente: Diario Así Somos / Foto: El Mensajero Diario

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